Noticia Articulo 44 constitución española. otro artículo ridículo
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a Ávila de los caballeros
Articulo 44 constitución española. otro artículo ridículo
Artículo 44. Los poderes públicos promoverán y tutelarán el acceso a la cultura, a la que todos tienen derecho. Los poderes públicos promoverán la ciencia y la investigación científica y técnica en beneficio del interés general.
nada claro.... y qué se entiende por cultura. ambigüedad y confusión total en la constitución
tal vez la cultura de Papua y Nueva Guinea.
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Menos mal que está la ley de transitoriedad para aclarar cualquier incertidumbre de este tipo:
Artículo 22 Derechos
1. Hasta la aprobación de la Constitución catalana, se garantizan como derechos fundamentales los derechos reconocidos en la Constitución española y en el Estatuto de Autonomía de Cataluña.
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del articulo 39 al 52 son principios rectores de la politica economica y social ello en conjuncion con otro articulo de la constitucion viene a decir que por su posicionamiento en la constitucion son derecho pero solo alegables en tanto tengan una ley que los desarrolle.. de ahi que el trabajo la vivienda etc no te los garantice nadie ni mucho menos... si no tienen ley que los desarrolle solo son inspiracion al poder publico ..... viene a significar un poco la igualdad formal del 14
igual me estoy flipando y aqui nadie entiende ni papa de lo que digo
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Curtelomos
del articulo 39 al 52 son principios rectores de la politica economica y social ello en conjuncion con otro articulo de la constitucion viene a decir que por su posicionamiento en la constitucion son derecho pero solo alegables en tanto tengan una ley que los desarrolle.. de ahi que el trabajo la vivienda etc no te los garantice nadie ni mucho menos... si no tienen ley que los desarrolle solo son inspiracion al poder publico ..... viene a significar un poco la igualdad formal del 14
igual me estoy flipando y aqui nadie entiende ni papa de lo que digo
No tengo ni idea de leyes, pero lo explicas bien, es fácil de entender.
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a Ávila de los caballeros
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Italico
Menos mal que está la ley de transitoriedad para aclarar cualquier incertidumbre de este tipo:
Artículo 22 Derechos
1. Hasta la aprobación de la Constitución catalana, se garantizan como derechos fundamentales los derechos reconocidos en la Constitución española y en el Estatuto de Autonomía de Cataluña.
pero no aclara qué se entiende por cultura. Pero el articulo pretende proteger la cultura sin definirnos qué tipo de cultura
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entiendo que todo tipo de cultura, con respeto a la constitucion y al resto del ordenamiento juridico, no se hacen distinciones
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a Ávila de los caballeros
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Curtelomos
del articulo 39 al 52 son principios rectores de la politica economica y social ello en conjuncion con otro articulo de la constitucion viene a decir que por su posicionamiento en la constitucion son derecho pero solo alegables en tanto tengan una ley que los desarrolle.. de ahi que el trabajo la vivienda etc no te los garantice nadie ni mucho menos... si no tienen ley que los desarrolle solo son inspiracion al poder publico ..... viene a significar un poco la igualdad formal del 14
igual me estoy flipando y aqui nadie entiende ni papa de lo que digo
se te entiende perfectamente. pero mi cuestión va por otros derroteros. Pienso que hay muchos terminos que no se definen o pueden tender a ser ambigüos o contradictorios. Cultura es un término prostituido, llaman cultura cuando un director rico rueda una película pero no es cultura la vecina que canta cuando friega. Por qué. esos artículos que mencionas no deberían estar en una constitución por ser distópicos y ambigüos.
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a Ávila de los caballeros
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Curtelomos
entiendo que todo tipo de cultura, con respeto a la constitucion y al resto del ordenamiento juridico, no se hacen distinciones
los gitanos tienen la cultura de robar chatarra. Según esto la constitución lo debería de defender y proteger....
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contradictorios nunca, hay normas que los desarrollan y sino los maximos interpretes son los miembros del trib constitucional, lo segundo a la larga todo se queda en papel mojado y hacen lo que les sale de la minga ya que no hay separacion de poderes...
el poder judicial o su maximo organo de gobierno el cgpj son 20 miembros elegidos por congreso y senado...
los jueces la 4 vacante o el cuarto turno osease 1/4 parte los eligen los politicos en base a su vida laboral profesional apenas politica...
el tribunal constitucional son unos aweletes que no an currao un dia en toa su vida salvo ahora con el tema de catalonia y que encima pueden ser miembros de partidos politicos pese a que la ley lo contradice.. se amparan en lagunas.
y bueno os dejo mi bilis por aqui y espero sus dieses , sorry por la turra..
pd: democracia de bolsillo con derecho para el que lo pague
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çertenidad
los gitanos tienen la cultura de robar chatarra. Según esto la constitución lo debería de defender y proteger....
robar chatarra es ilegal no se defiende ni se protege de hecho se agravo imponiendo la obligacion de hacerse autonomos a los chatarreros si llevas al desguace mas peso en chatarra del admitido a un particular te sancionan por no ser autonomol...
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Hijo de Electrik
Ese artículo sirve para justificar las miles de leyes que subvencionan a los paniaguados que viven de la "cultura"
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a Ávila de los caballeros
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Curtelomos
robar chatarra es ilegal no se defiende ni se protege de hecho se agravo imponiendo la obligacion de hacerse autonomos a los chatarreros si llevas al desguace mas peso en chatarra del admitido a un particular te sancionan por no ser autonomol...
pero si es si cultura deberiamos de respetarla (solamente estoy generando supuestos partiendo del articulo 44 y la no tan clara protección a todo tipo de cultura)
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+1 entiendo que mas bien la ley que lo desarrolla, el problema no esta en la ley sino en el genio que la impulsa...
e incluso si vamos mas alla se deberia de subvencionar mucho mas la cultura y de un modo mas igualitario que llege a todo el mundo..
hay soñar que bonito es..
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Curtelomos
del articulo 39 al 52 son principios rectores de la politica economica y social ello en conjuncion con otro articulo de la constitucion viene a decir que por su posicionamiento en la constitucion son derecho pero solo alegables en tanto tengan una ley que los desarrolle.. de ahi que el trabajo la vivienda etc no te los garantice nadie ni mucho menos... si no tienen ley que los desarrolle solo son inspiracion al poder publico ..... viene a significar un poco la igualdad formal del 14
igual me estoy flipando y aqui nadie entiende ni papa de lo que digo
El artículo 44 pertenece al Capítulo 3º (De los principios rectores de la política social y económica) del Título I (De los derechos y deberes fundamentales).
El art. 53.3 dispone que:
El reconocimiento, el respeto y la protección de los principios reconocidos en el Capítulo tercero informarán la legislación positiva, la práctica judicial y la actuación de los poderes públicos. Sólo podrán ser alegados ante la Jurisdicción ordinaria de acuerdo con lo que dispongan las leyes que los desarrollen.
Como el concepto "cultura" es muy amplio, habría que delimitar el ámbito concreto al que nos estamos refiriendo para determinar la legislación aplicable en cada caso (Museos, bibliotecas, archivos documentales, registro de publicaciones, investigación científica y tecnológica, producción literaria y teatral, cine y montajes audiovisuales, etc)
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a Ávila de los caballeros
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eIetrick
Ese artículo sirve para justificar las miles de leyes que subvencionan a los paniaguados que viven de la "cultura"
Din. Un articulo escrito a la carta .
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çertenidad
pero no aclara qué se entiende por cultura. Pero el articulo pretende proteger la cultura sin definirnos qué tipo de cultura
Era una ironía
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çertenidad
pero si es si cultura deberiamos de respetarla (solamente estoy generando supuestos partiendo del articulo 44 y la no tan clara protección a todo tipo de cultura)
si es delito no es cultura, delito declara la nulidad de pleno derecho..
no soy un entendido en la materia la verdad pero eso si lo tengo claro, y de este burro no me bajo¡
entiendo que no esta definido cultura pero esto es como todo si buscas lagunas en la ley las encontraras hay miles...
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Italico
El artículo 44 pertenece al Capítulo 3º (De los principios rectores de la política social y económica) del Título I (De los derechos y deberes fundamentales).
El art. 53.3 dispone que:
El reconocimiento, el respeto y la protección de los principios reconocidos en el Capítulo tercero informarán la legislación positiva, la práctica judicial y la actuación de los poderes públicos. Sólo podrán ser alegados ante la Jurisdicción ordinaria de acuerdo con lo que dispongan las leyes que los desarrollen.
Como el concepto "cultura" es muy amplio, habría que delimitar el ámbito concreto al que nos estamos refiriendo para determinar la legislación aplicable en cada caso (Museos, bibliotecas, archivos documentales, registro de publicaciones, investigación científica y tecnológica, producción literaria y teatral, cine y montajes audiovisuales, etc)
gracias por meter las garantias sabia eran esas pero no me la queria jugar que los foreros estan a la que saltan
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a Ávila de los caballeros
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Italico
El artículo 44 pertenece al Capítulo 3º (De los principios rectores de la política social y económica) del Título I (De los derechos y deberes fundamentales).
El art. 53.3 dispone que:
El reconocimiento, el respeto y la protección de los principios reconocidos en el Capítulo tercero informarán la legislación positiva, la práctica judicial y la actuación de los poderes públicos. Sólo podrán ser alegados ante la Jurisdicción ordinaria de acuerdo con lo que dispongan las leyes que los desarrollen.
Como el concepto "cultura" es muy amplio, habría que delimitar el ámbito concreto al que nos estamos refiriendo para determinar la legislación aplicable en cada caso (Museos, bibliotecas, archivos documentales, registro de publicaciones, investigación científica y tecnológica, producción literaria y teatral, cine y montajes audiovisuales, etc)
ese es el problema con el termino "cultura·. El artículo menciona que todos tenemos derechos a la cultura. a qué cultura y de qué forma tenemos derechos. Es uno de tantos artículos absurdos. Pero no tienen la culpa los legisladores de la constitución en su día se escribió la constitución del 78 para ir al paso pensando que se redactaría otra en los años 80 en una situación más serena y propicia y con más seriedad. y ya veis 40 años llevamos ....
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Curtelomos
gracias por meter las garantias sabia eran esas pero no me la queria jugar que los foreros estan a la que saltan
Pues como te acobardes aquí estás perdido.
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a Ávila de los caballeros
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Italico
Era una ironía
pues entonces torpe he estado.
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çertenidad
ese es el problema con el termino "cultura·. El artículo menciona que todos tenemos derechos a la cultura. a qué cultura y de qué forma tenemos derechos. Es uno de tantos artículos absurdos. Pero no tienen la culpa los legisladores de la constitución en su día se escribió la constitución del 78 para ir al paso pensando que se redactaría otra en los años 80 en una situación más serena y propicia y con más seriedad. y ya veis 40 años llevamos ....
es dificil tambien decir que cultura si fomentas y que cultura no.. entiendo que una carta magna puede e incluso debe dejar esa ambiguedad a fin de fomentar toda sin miramientos en manos del legislador y ya este que vea cual se le antoja... aunque lo suyo seria referendum's anuales o mas sobre el modelo cultural que queremos en este pais y ahroa ya me despierto..
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çertenidad
ese es el problema con el termino "cultura·. El artículo menciona que todos tenemos derechos a la cultura. a qué cultura y de qué forma tenemos derechos. Es uno de tantos artículos absurdos. Pero no tienen la culpa los legisladores de la constitución en su día se escribió la constitución del 78 para ir al paso pensando que se redactaría otra en los años 80 en una situación más serena y propicia y con más seriedad. y ya veis 40 años llevamos ....
Es que la ambigüedad es muy cómoda. Si no hay ley, no hay derecho efectivo, solo un mandato genérico que hay que respetar en cualquier legislación aplicable al caso. Así lo establece el propio artículo 53.3 en su primera parte:
El reconocimiento, el respeto y la protección de los principios reconocidos en el Capítulo tercero informarán la legislación positiva, la práctica judicial y la actuación de los poderes públicos
Toda ley que se dicte debe respetar ese mandato constitucional, pero ¿Que pasa si no hay ley?
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a Ávila de los caballeros
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Curtelomos
si es delito no es cultura, delito declara la nulidad de pleno derecho..
no soy un entendido en la materia la verdad pero eso si lo tengo claro, y de este burro no me bajo¡
entiendo que no esta definido cultura pero esto es como todo si buscas lagunas en la ley las encontraras hay miles...
pero no estoy de acuerdo. La mafia siciliana tiene su cultura, si una familia siciliana hace daño a un miembro de otro clan. Quiere decir que por honor todos los miembros de la famlia han sufrido ese ataque y por consiguiente y por cultura de esas familias han de vengarse. Ellos no lo consideraran delito sino una forma de limpiar el daño ocasionado a la familia. eso es cultura. Otro supuesto la cultura de los aztecas era hacer sacrificios humanos, se podra juzgar bien o mal pero era su cultura.
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a Ávila de los caballeros
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Italico
Es que la ambigüedad es muy cómoda. Si no hay ley, no hay derecho efectivo, solo un mandato genérico que hay que respetar en cualquier legislación aplicable al caso. Así lo establece el propio artículo 53.3 en su primera parte:
El reconocimiento, el respeto y la protección de los principios reconocidos en el Capítulo tercero informarán la legislación positiva, la práctica judicial y la actuación de los poderes públicos
Toda ley que se dicte debe respetar ese mandato constitucional, pero ¿Que pasa si no hay ley?
hoy en día más que de carencia de leyes, no hablamos del codigo de Eurico, hay cientos y miles de leyes y estatutos de todo tipo, hasta para cortar un árbol en el estatuto de montes tienes leyes. leyes que pretender redirigir o controlar pero una cantidad bárbara de leyes.
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Italico
Es que la ambigüedad es muy cómoda. Si no hay ley, no hay derecho efectivo, solo un mandato genérico que hay que respetar en cualquier legislación aplicable al caso. Así lo establece el propio artículo 53.3 en su primera parte:
El reconocimiento, el respeto y la protección de los principios reconocidos en el Capítulo tercero informarán la legislación positiva, la práctica judicial y la actuación de los poderes públicos
Toda ley que se dicte debe respetar ese mandato constitucional, pero ¿Que pasa si no hay ley?
igual el modo es cambiando nuestro modelo legislativo y enfocarlo mas al modo anglosajon donde el derecho proviene mas bien de la jurisprudencia dictada o el modelo americano donde la constitucion sufre enmiendas de manera constante y esa es la ley aplicable a groso modo.. sino hay ley pasa que hay carencias pero creo el problema en este caso no esta en la carta magna pese a que esta si sea un problema sino en el inmovilismo y lo anquilosado que esta nuestro sistema legislativo, esta noche creo que vere V de vendeta
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çertenidad
pero no estoy de acuerdo. La mafia siciliana tiene su cultura, si una familia siciliana hace daño a un miembro de otro clan. Quiere decir que por honor todos los miembros de la famlia han sufrido ese ataque y por consiguiente y por cultura de esas familias han de vengarse. Ellos no lo consideraran delito sino una forma de limpiar el daño ocasionado a la familia. eso es cultura. Otro supuesto la cultura de los aztecas era hacer sacrificios humanos, se podra juzgar bien o mal pero era su cultura.
losiento pero en este tema no cedo, porque a la larga se produce inseguridad juridica, me parece muy bien el codigo de honor o de valores de cada persona o cada grupo, pero la ley es la ley... incluso puedo estar brevemente a favor del tema del proces y de su via de desobediencia ante la falta de democracia y debate, pero aun así saltarse el estado de derecho tiene sus consecuencias las cuales acaba sufriendo la ciudadania mayoritariamente.. las cosas las cambia el pueblo, sus representantes y creo que en españa el tiempo.. pero la jerarquia normativa y la seguridad juridica para mi es palabra de dios¡
pd: ante los callejones sin salida que deja nuestro estado de derecho y el poco margen que da, defiendo la desobediencia individual y colectiva a sabiendas de sus consecuencias
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a Ávila de los caballeros
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Curtelomos
losiento pero en este tema no cedo, porque a la larga se produce inseguridad juridica, me parece muy bien el codigo de honor o de valores de cada persona o cada grupo, pero la ley es la ley... incluso puedo estar brevemente a favor del tema del proces y de su via de desobediencia ante la falta de democracia y debate, pero aun así saltarse el estado de derecho tiene sus consecuencias las cuales acaba sufriendo la ciudadania mayoritariamente.. las cosas las cambia el pueblo, sus representantes y creo que en españa el tiempo.. pero la jerarquia normativa y la seguridad juridica para mi es palabra de dios¡
pd: ante los callejones sin salida que deja nuestro estado de derecho y el poco margen que da, defiendo la desobediencia individual y colectiva a sabiendas de sus consecuencias
estoy de acuerdo.... pero....si se cumpliera la ley entonces lo entendería shur... pero Bárcenas y el resto de la casta política se están riendo de nuestra honestidad.
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Me limpio el trasero con la Constitución española.
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ForoParalelo: Miembro
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çertenidad
hoy en día más que de carencia de leyes, no hablamos del codigo de Eurico, hay cientos y miles de leyes y estatutos de todo tipo, hasta para cortar un árbol en el estatuto de montes tienes leyes. leyes que pretender redirigir o controlar pero una cantidad bárbara de leyes.
Es que nuestro mundo es complicadillo. Y encima están las directivas europeas, los reglamentos, las leyes autonómicas, las ordenanzas municipales... Y a eso súmale que "La ignorancia de las leyes no excusa de su cumplimiento" (artículo 6.1 del Código Civil). Como decía mi abuela "estamos vivos de milagro"
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