Por qué no puedes desheredar a quien te dé la gana

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  1. #31
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    No te compliques, fúndete todo tu dinero para que no le quede nada. O mejor, Ánimo! dejando muchas deudas, eso jode más
    Yo no me complico, no tendré hijos, pero tengo muchos sobrinos. A los que se dignen a tratarme bien cuando lo necesite, herencia. A los que no, patada en el culo y mención de honor en mi testamento dejándoles una puta mierda.

  2. #32
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    Yo no me complico, no tendré hijos, pero tengo muchos sobrinos. A los que se dignen a tratarme bien cuando lo necesite, herencia. A los que no, patada en el culo y mención de honor en mi testamento dejándoles una puta mierda.
    Suena a complicaciones

  3. #33
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    Me sería más complicado fundirme la pasta a lo tonto en vez de garantizarme una buena vejez.

  4. #34
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    Me sería más complicado fundirme la pasta a lo tonto en vez de garantizarme una buena vejez.
    Me refería a pulírtelo siendo ya vieja

  5. #35
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    Lo primero de todo es ver si tu abuela y tus tías hicieron testamento o murieron abintestato -sin testamento-. En el primero de los casos, te habrían avisado por cualquier medio, pues cuando se abrió testamento se llamó a todos los herederos forzosos y a los legatarios que se nombraban en el testamento para que pudieran decidir si aceptaban o repudiaban la herencia. Si no te llamaron, es que no estabas en el testamento. Y aquí puede haber dos cosas: que no eres heredero legítimo (ya que de tu abuela heredan sus hijos, tú sólo heredas directamente de tu abuela si tus padres han fallecido, o si te ha dedicado el tercio de mejora o de libre disposición), o bien que te han preterido en el testamento - cosa que puedes denunciar-.

    Si no había testamento, de tu abuela heredaron todo los herederos forzosos (sus hijos). Nuevamente, para determinar si te toca algo, hay que atenerse a si tus padres están muertos. Si no lo están, ajo y agua, no pillas nada. Si lo están, mi pésame y, de paso, que sepas que tenías derecho a heredar la parte de tu padre/madre -quien fuese hijo de tu abuela- por representación.

    En cuanto a tus tías, mal asunto. Las tías suelen hacer testamento si no tienen hijos. Las personas sin hijos suelen dejárselo todo a su cónyuge... o a sus sobrinos directos. Si ha fallecido sin hijos, se lo habrá dejado todo al marido, y si era viuda y no tenía testamento, a sus padres. -y si sus padres estaban muertos, pasa a sus sobrinos.
    Si tus tías tenían testamento y no te han llamado, es que no te han dejado nada. Y si no tenían testamento y no te han llamado, una de dos: o fraude -preterición-, o bien había otros herederos forzosos más cercanos con más derecho que tú.

    Cuéntame tu caso en particular y te podré ayudar más.
    WOW nena... !

    Por qué no puedes desheredar a quien te dé la gana


    ... me he enterado mas en un post a las 11 de la noche que hace ya meses, comentándole esto a una picapleitos y sus "respuestas"... eso si, rompiendo una lanza a favor de ella, estabamos de bares. No me esperaba mucho.

    Lo primero, Gracias por el pésame... aunque sea huerfano hace muchos años.

    Cuando le predí la pista a mis tias -las hijas de mi abuela- estaban solteras y SEGURO que lo siguen. Ya eran viejas hace 20 años... tendrán ahora unos 70 y 65... o alguno mas, mi yaya SEGURO que ya estiró la pata, sino ya habria salido en Castilla- la MANCHA TV por viejuna total.

    Tenian un piso -el de toda lavida, viejo de cojones pero en buena zona- y pasta gansa en el banco. Esa propiedad estará ya en propiedad de mis tias pero... no les quedará mucho, digo yo. Tampoco se cuidaron excesivamente en sus juventudes trabajando los veranos en Mallorca.

    Principalmente, lo que me dijo la picapleitos es que, en caso de no tener testamento, tendría yo que ir a interesarme mirando el "registro de la propiedad" a ver a quien pertenece. Que en caso de que no apareciese ningun heredero con derecho a esos bienes, se lo quedaba la Administración... (ocmo si fuese esto rumanía)... es tan confuso, nadie te sabe decir algo ocncreto ocn la excusa de que cambia la ley cada 2 por 3 -cambios de gobierno- Ademas, tampoco me intereso tanto por el tema... y creo que me quedan un par de hermanos por ahi...

    Gracias por tu respuesta...


    Por qué no puedes desheredar a quien te dé la gana

  6. #36
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    Curiosamente, no ha sido copia: estaba escribiendo la parrafada en este nuestro foro, y al darle a publicar me ha dicho que "no estaba logueada". Supongo que me había caducado la sesión, así que me he logueado pero al publicar ha salido así.
    Pues yo lo veo muy claro y muy bien expuesto. Legítima,Mejora y Libre disposición.En el caso de que tengas dos hijos y quieras joder a uno de ellos por mamón. heredará la Légitima 1/3 y no la parte correspondiente de la Mejora que se lo quedará el hijo bueno.En cuanto a la de Libre disposición se la puedes dejar a la vecina que te trae un platito con lentejas de vez en cuando.

  7. #37
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    Pues yo lo veo muy claro y muy bien expuesto. Legítima,Mejora y Libre disposición.En el caso de que tengas dos hijos y quieras joder a uno de ellos por mamón. heredará la Légitima 1/3 y no la parte correspondiente de la Mejora que se lo quedará el hijo bueno.En cuanto a la de Libre disposición se la puedes dejar a la vecina que te trae un platito con lentejas de vez en cuando.
    Quiero decir la mitad del tercio de la Legitima, de 1.000.000 de euros, la mitas de 333.333, unos 167.000 euros más o menos.

  8. #38
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    La putada es lo de heredar deudas, que culpa tengo yo que mi familiar haya sido un inconsciente debiera hasta Los calcetines

  9. #39
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    Cita Iniciado por Shurmana Ver mensaje
    El mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
    Navarra y dos zonas de infanzado en País Vasco, cuyo nombre ahora mismo no me acuerdo. Te lo puedo mirar mañana si te interesa.

    Una forma de desheredar a los hijos es mudarse y vivir el suficiente tiempo en Navarra para conseguir la vecindad civil. No hay otra forma fuera de los supuestos legales de desheredación por motivo penal.
    Hay jurisprudencia que va en contra de esto, echa un vistazo.

  10. #40
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    @Shurmana crees que algún día suprimirán el impuesto de sucesión?

    Cita Iniciado por merovici0 Ver mensaje
    El mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
    Aunque parezca broma por el nombre, el periostio es tejido conjuntivo,que en el podemos encontrar arterias que nutren al hueso.
    Puto periostio (tibia), se me inflama con mucha frecuencia desde hace años! Antes era al correr durante un prolongado tiempo, ahora solo con andar

  11. #41
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    Cita Iniciado por Shurmana Ver mensaje
    El mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
    En este post no me voy a meter a hablar del -injusto- impuesto de sucesiones, que eso tiene tela. Tampoco entraré a hablar de la posibilidad de heredar DEUDAS, que eso también da para largo. En este post intento arrojar un poco de luz sobre las molleras de todos los ignorantes que no saben que en este país, como en la mayoría, existe algo llamado "sistema de legítimas", que limita el poder sobre sus bienes que tiene una persona al elegir a quién dejárselos cuando fallezca. Lo digo porque muchas veces leo lo de "desheredar" a un hijo y cosas así. Como si fuese lo más fácil -y legal- del mundo. Y no es así. Ni mucho menos.

    Veréis: en España existe un rígido sistema de legítimas que hace que tú no puedas disponer a tu libre albedrío de tus bienes. Ni vivo... NI MUERTO.

    Dependiendo de la Comunidad Autónoma en la que tengas tu vecindad civil (esto es importante a efectos de determinar si rige el derecho civil común o el foral), la legítima será más o menos lesiva. Y diréis: "¿Qué es esto de la legítima?" Pues es esa parte de tus bienes que la ley te OBLIGA a legar a tus herederos forzosos. Es decir: del conjunto de tus bienes, hay un porcentaje que no puedes evitar dejar a determinados familiares que la ley establece como "forzosos", es decir, te obliga a dejarles algo...

    Esos herederos forzosos son, por orden, los siguientes (y dejo en el tintero al cónyuge viudo):

    -Hijos
    -Padres
    -Resto de ascendientes/descendientes
    -Colaterales.

    Este es el orden de preferencia y es excluyente. Es decir: si hay hijos, no heredarán los padres. Tienen preferencia los más cercanos a los más lejanos, en orden descendente.

    En el Derecho Civil Común, se divide la herencia en 3 partes:
    -Legítima: 1/3 del total de la herencia. Se deja siempre a prorrata a los herederos forzosos, sin que pueda haber diferencias entre ellos. Si tienes 1 hijo, hereda toda la Legítima. Si tienes 2, la mitad de este tercio cada uno, y así sucesivamente.

    -Mejora: 1/3 del total de la herencia. Una vez restada la Legítima, tienes este tercio para poder mejorar única y exclusivamente a los herederos dotados con la Legítima. Es decir, puedes usar este tercio para sumarlo a la Legítima de cualquiera de tus herederos forzosos. En el ejemplo anterior, si tienes un hijo le has de dejar toda la mejora junto con la Legítima (herederá, pues, 2/3 de la herencia total), si tienes dos hijos puedes elegir darle a uno su parte de la Legítima y nada de la mejora, o darle su parte de la Legítima y toda la mejora, o repartir entre ambos tanto Legítima como mejora.

    -Libre Disposicijón: 1/3 del total de la herencia. Es de lo que sí puedes disponer libremente, dejándoselo a quien quieras, sea heredero forzoso o no. Puedes elegir dejárselo todo a tu único hijo, a alguno de tus hijos, repartirlo entre ellos o dejárselo a tu mejor amigo, o donarlo, o lo que te salga del pijo. Aquí nadie puede decir nada.

    Para poder elegir a quién o quiénes dejar mejora y libre disposición, debes hacer testamento. De lo contrario, se lo quedan todo los herederos forzosos.

    ¿Y QUÉ COJONES ES "DESHEREDAR"?

    Es privar a un heredero de participación en tu herencia. En España sólo puede "desheredarse" a alguien con derecho a Legítima en tres ocasiones:

    -Si tienes vecindad civil en dos de las únicas provincias españolas con un derecho foral histórico que carece de Legítima, en cuyo caso puedes elegir libremente a quién dejarle toda tu herencia y a quién no.

    -Con sentencia firme contra la persona a desheredar, por las siguientes causas: atentado contra la vida -vale el grado de tentativa-, contra el honor, maltrato psíquico o físico intrafamiliar, injurias o calumnias graves... ya sea contra el testador, su pareja, sus hijos o sus padres. ¿Qué quiere decir esto? Que si tu hijo/a comete alguna de esas cosas contra ti o contra tu familia más cercana, le denuncias y obtienes una sentencia firme, puedes desheredarle tranquilamente. Se le deshereda por cabezas y no por estirpes.

    -Intento de falseamiento del testamento, coaccionar o amenazar al testador para que cambie, haga o deshaga testamento de forma alguna, ocultación del testamento, etc... conlleva apartar de la herencia a la que pretendía optar a quien lo cometa. Ejemplo: el que lleva a su padre anciano, casi senil, a firmar testamento y omite que tiene un hermano para beneficiarse de más legítima = conlleva anulación del testamento, concesión de la Legítima al hermano preterido y retirada del derecho a heredar del hermano hijo de perra que pretendió dejarle fuera.

    Cualquier intento por tu parte de desheredar a un hijo -o a otro forzoso- por otros medios, conllevaría la invalidez del testamento, la persona afectada podría denunciarlo y se procedería a darle su Legítima.

    Y ahora, contesto preguntas.
    a efectos legales que es el honor?
    si una hija mantiene relaciones extramatrimoniales ya se considera antentado contra el honor familiar?
    por que a mi me metieron faltas contra el honor tras una pelea en la que el agredido no solo no se defendio si no que salio corriendo, inlcuso estando alli presentes su novia y unas amigas? donde coño esta su honor? si alguien no tiene honor no puedes cometer una falta contra el

  12. #42
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  13. #43
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    La putada es lo de heredar deudas, que culpa tengo yo que mi familiar haya sido un inconsciente debiera hasta Los calcetines
    Pues no heredes y punto.

  14. #44
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  15. #45
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    El mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
    @Shurmana crees que algún día suprimirán el impuesto de sucesión?

    Está suprimido en muchas zonas de España. Vox, por ejemplo, dice que será una de sus primeras medidas en Andalucía. En otras Comunidades prácticamente no se paga impuesto por heredar de padres a hijos, como en Madrid, mientras que en otras provincias -como Cataluña, donde la pela es la pela- te crujen. Espero que esto cambie en Cataluña, porque aquí tengo buena parte de lo que será mi herencia y me va a tocar apoquinar un pasote...

  16. #46
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    El mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
    Pues yo lo veo muy claro y muy bien expuesto. Legítima,Mejora y Libre disposición.En el caso de que tengas dos hijos y quieras joder a uno de ellos por mamón. heredará la Légitima 1/3 y no la parte correspondiente de la Mejora que se lo quedará el hijo bueno.En cuanto a la de Libre disposición se la puedes dejar a la vecina que te trae un platito con lentejas de vez en cuando.
    E incluso puedes coger al hijo "bueno" y dejarle su legítima, la mejora y la libre disposición, mientras que el hijo "malo" se quedará sólo con la mitad de la legítima.

  17. #47
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    El mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
    En este post no me voy a meter a hablar del -injusto- impuesto de sucesiones, que eso tiene tela. Tampoco entraré a hablar de la posibilidad de heredar DEUDAS, que eso también da para largo. En este post intento arrojar un poco de luz sobre las molleras de todos los ignorantes que no saben que en este país, como en la mayoría, existe algo llamado "sistema de legítimas", que limita el poder sobre sus bienes que tiene una persona al elegir a quién dejárselos cuando fallezca. Lo digo porque muchas veces leo lo de "desheredar" a un hijo y cosas así. Como si fuese lo más fácil -y legal- del mundo. Y no es así. Ni mucho menos.

    Veréis: en España existe un rígido sistema de legítimas que hace que tú no puedas disponer a tu libre albedrío de tus bienes. Ni vivo... NI MUERTO.

    Dependiendo de la Comunidad Autónoma en la que tengas tu vecindad civil (esto es importante a efectos de determinar si rige el derecho civil común o el foral), la legítima será más o menos lesiva. Y diréis: "¿Qué es esto de la legítima?" Pues es esa parte de tus bienes que la ley te OBLIGA a legar a tus herederos forzosos. Es decir: del conjunto de tus bienes, hay un porcentaje que no puedes evitar dejar a determinados familiares que la ley establece como "forzosos", es decir, te obliga a dejarles algo...

    Esos herederos forzosos son, por orden, los siguientes (y dejo en el tintero al cónyuge viudo):

    -Hijos
    -Padres
    -Resto de ascendientes/descendientes
    -Colaterales.

    Este es el orden de preferencia y es excluyente. Es decir: si hay hijos, no heredarán los padres. Tienen preferencia los más cercanos a los más lejanos, en orden descendente.

    En el Derecho Civil Común, se divide la herencia en 3 partes:
    -Legítima: 1/3 del total de la herencia. Se deja siempre a prorrata a los herederos forzosos, sin que pueda haber diferencias entre ellos. Si tienes 1 hijo, hereda toda la Legítima. Si tienes 2, la mitad de este tercio cada uno, y así sucesivamente.

    -Mejora: 1/3 del total de la herencia. Una vez restada la Legítima, tienes este tercio para poder mejorar única y exclusivamente a los herederos dotados con la Legítima. Es decir, puedes usar este tercio para sumarlo a la Legítima de cualquiera de tus herederos forzosos. En el ejemplo anterior, si tienes un hijo le has de dejar toda la mejora junto con la Legítima (herederá, pues, 2/3 de la herencia total), si tienes dos hijos puedes elegir darle a uno su parte de la Legítima y nada de la mejora, o darle su parte de la Legítima y toda la mejora, o repartir entre ambos tanto Legítima como mejora.

    -Libre Disposicijón: 1/3 del total de la herencia. Es de lo que sí puedes disponer libremente, dejándoselo a quien quieras, sea heredero forzoso o no. Puedes elegir dejárselo todo a tu único hijo, a alguno de tus hijos, repartirlo entre ellos o dejárselo a tu mejor amigo, o donarlo, o lo que te salga del pijo. Aquí nadie puede decir nada.

    Para poder elegir a quién o quiénes dejar mejora y libre disposición, debes hacer testamento. De lo contrario, se lo quedan todo los herederos forzosos.

    ¿Y QUÉ COJONES ES "DESHEREDAR"?

    Es privar a un heredero de participación en tu herencia. En España sólo puede "desheredarse" a alguien con derecho a Legítima en tres ocasiones:

    -Si tienes vecindad civil en dos de las únicas provincias españolas con un derecho foral histórico que carece de Legítima, en cuyo caso puedes elegir libremente a quién dejarle toda tu herencia y a quién no.

    -Con sentencia firme contra la persona a desheredar, por las siguientes causas: atentado contra la vida -vale el grado de tentativa-, contra el honor, maltrato psíquico o físico intrafamiliar, injurias o calumnias graves... ya sea contra el testador, su pareja, sus hijos o sus padres. ¿Qué quiere decir esto? Que si tu hijo/a comete alguna de esas cosas contra ti o contra tu familia más cercana, le denuncias y obtienes una sentencia firme, puedes desheredarle tranquilamente. Se le deshereda por cabezas y no por estirpes.

    -Intento de falseamiento del testamento, coaccionar o amenazar al testador para que cambie, haga o deshaga testamento de forma alguna, ocultación del testamento, etc... conlleva apartar de la herencia a la que pretendía optar a quien lo cometa. Ejemplo: el que lleva a su padre anciano, casi senil, a firmar testamento y omite que tiene un hermano para beneficiarse de más legítima = conlleva anulación del testamento, concesión de la Legítima al hermano preterido y retirada del derecho a heredar del hermano hijo de perra que pretendió dejarle fuera.

    Cualquier intento por tu parte de desheredar a un hijo -o a otro forzoso- por otros medios, conllevaría la invalidez del testamento, la persona afectada podría denunciarlo y se procedería a darle su Legítima.

    Y ahora, contesto preguntas.
    Si se puede, a través de un seguro de inversión con beneficiario quien tu quieras

  18. #48
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    WOW nena... !

    Por qué no puedes desheredar a quien te dé la gana


    ... me he enterado mas en un post a las 11 de la noche que hace ya meses, comentándole esto a una picapleitos y sus "respuestas"... eso si, rompiendo una lanza a favor de ella, estabamos de bares. No me esperaba mucho.

    Lo primero, Gracias por el pésame... aunque sea huerfano hace muchos años.

    Cuando le predí la pista a mis tias -las hijas de mi abuela- estaban solteras y SEGURO que lo siguen. Ya eran viejas hace 20 años... tendrán ahora unos 70 y 65... o alguno mas, mi yaya SEGURO que ya estiró la pata, sino ya habria salido en Castilla- la MANCHA TV por viejuna total.

    Tenian un piso -el de toda lavida, viejo de cojones pero en buena zona- y pasta gansa en el banco. Esa propiedad estará ya en propiedad de mis tias pero... no les quedará mucho, digo yo. Tampoco se cuidaron excesivamente en sus juventudes trabajando los veranos en Mallorca.

    Principalmente, lo que me dijo la picapleitos es que, en caso de no tener testamento, tendría yo que ir a interesarme mirando el "registro de la propiedad" a ver a quien pertenece. Que en caso de que no apareciese ningun heredero con derecho a esos bienes, se lo quedaba la Administración... (ocmo si fuese esto rumanía)... es tan confuso, nadie te sabe decir algo ocncreto ocn la excusa de que cambia la ley cada 2 por 3 -cambios de gobierno- Ademas, tampoco me intereso tanto por el tema... y creo que me quedan un par de hermanos por ahi...

    Gracias por tu respuesta...


    Por qué no puedes desheredar a quien te dé la gana
    Ante todo, muchísimas gracias a ti por el reconocimiento y me alegro de haber podido arrojar algo de luz sobre tu situación.

    Vamos a empezar a tirar del hilo... para este caso, como no lo sé, voy a suponer que es tu abuela materna. si no, pues cambia eso por paterna y en paz.

    Tu abuela tenía un piso. Bien. Sus hijas -tus tías A y B- estaban solteras y seguramente sigan así, según dices. En este caso, la PRIMERA en la frente: en cuanto murió tu abuela, tu madre (C) debió heredar igual que tus tías. No sé si tu abuela hizo o no testamento, aquí puedes enterarse en un registro central que tienen todos los Notarios de España, y creo que basta con rellenar un impreso y adjuntar el DNI de tu abuela. Si es que lo consigues, que te va a ser muuuuy difícil... Tanto si tenía testamento como si no, tu madre debió heredar por lo menos un tercio de la legítima. Si no hubo testamento, tu madre debió haber heredado un tercio DE TODA LA HERENCIA. Ojito a esto, que es importante. Ya de aquí te correspondería UN PELLIZCO IMPORTANTE. Entiendo que, obviamente, tu abuela falleció ANTES de morir tu madre. Si no es así, dímelo, porque en ese caso te hubiese correspondido un pellizco aún mayor, y si es el caso te diré por qué.

    Vamos a la SEGUNDA en la frente: Si tus tías fallecieron solteras y sin hijos, se abren dos posibilidades: que murieran con testamento o sin testamento. Si murieron con testamento hecho, como eran solteronas sin hijos y sus padres ya habían muerto, lo normal hubiera sido que...
    a) se lo dejaran todo a sus otras hermanas. Es decir: si muere A, le deja la herencia por mitad a B y C -tu madre-. en cuyo caso tú habrías heredado por tu madre lo que dejó tu abuela a tu tía A, más lo que dejó tu tía A a tu madre. Eso si la puso en su testamento, claro.
    b) se lo dejaran todo a otros sobrinos y pasaran de tu cara, siendo legal porque es por testamento y las tías con respecto a sus sobrinos no tienen obligación de dejar legítima.
    c) Se lo dejaran al vecino del quinto o a quien les saliera del coño.

    En el caso de que tus tías hubiesen muerto abintestato, TODO su patrimonio debía ir a sus parientes más próximos vivos, y estos son:
    a)Tu otra tía y tu madre.
    b) Sus sobrinos, en este caso tú y los hermanos que pudieras tener.

    Hasta aquí, estamos de acuerdo en que tú deberías haber heredado un buen pico de tu abuela, si no directamente, sí a través de tus tías y tu madre.

    Ahora vamos con lo realmente jodido... ¿tienes hermanos que no conoces? ¿Son de parte de padre y madre, o sólo de uno de ellos? Si son hermanos de madre, tienen el mismo derecho que tú a todo lo que he dicho, pues hablamos de tu abuela matera... si son sólo "hermanastros" -hermanos de mismo padre, pero no de misma madre- sólo habrían heredado parcialmente junto a ti.


    Ahora vamos a por la TERCERA en la frente: lo que te dijo la picapleitos.

    "En caso de no tener testamento, tendría yo que ir a interesarme mirando el "registro de la propiedad" a ver a quien pertenece. Que en caso de que no apareciese ningun heredero con derecho a esos bienes, se lo quedaba la Administración... ".

    Esto me huele mucho a cuerno quemado. Verás: te han hecho la cama, porque al morir tu abuela ya tuvo que haber un llamamiento a la herencia para tu madre, junto a tus tías A y B. y luego, al morir tus tías, ya tuvo que haber un llamamiento a tu madre para heredarlas si no había testamento. y luego, al morir tu madre, un llamamiento hacia ti. Y me estás diciendo que absolutamente nadie te dijo nada... Más que al registro de la propiedad, deberías pegarte un viaje al Ayuntamiento donde está radicado el piso y, aparte del registro de la propiedad -que no te va a decir gran cosa, porque vete a saber quién está ahí, quién le vendió el piso, y bajo qué derecho- a ver si puedes obtener el DNI de tu abuela para averiguar si hubo testamento.

    La acción para reclamar herencias tiene una caducidad muuuuy larga, así que puede que aún puedas sacar algo si tu abuela no lleva 30 años muerta (tus tías seguro que no).

    Lo de los hermanos... pues ojo, que a lo mejor ellos sí han estado más cercanos a la familia y te han "ocultado" para que no te llamen a la herencia...

  19. #49
    ForoParalelo: Miembro Avatar de Djtheo
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    @Shurmana cuando abandone el foro te dejare mi cuneta de herencia

  20. #50
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    Cita Iniciado por Burgues Ver mensaje
    El mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
    Si se puede, a través de un seguro de inversión con beneficiario quien tu quieras
    No se puede, así que no digas embustes. Un seguro de inversión no forma parte de la legítima, así que haz el favor de no confundir las cosas, ni al personal.

  21. #51
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    Cita Iniciado por Djtheo Ver mensaje
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    @Shurmana cuando abandone el foro te dejare mi cuneta de herencia
    Gracias, si muero antes que tú te legaré fototetas mías para que las publiques a título póstumo en mi honor.

  22. #52
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    Cita Iniciado por ZER81 Ver mensaje
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    La concha de tu madre
    De primera calidad es, si parió a una hija como yo.

  23. #53
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    Cita Iniciado por Giovanni Ver mensaje
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    a efectos legales que es el honor?
    si una hija mantiene relaciones extramatrimoniales ya se considera antentado contra el honor familiar?
    por que a mi me metieron faltas contra el honor tras una pelea en la que el agredido no solo no se defendio si no que salio corriendo, inlcuso estando alli presentes su novia y unas amigas? donde coño esta su honor? si alguien no tiene honor no puedes cometer una falta contra el
    Eso del "honor familiar" no existe en nuestra legislación, no es ninguno de los supuestos que te he puesto. Derecho al honor significa que te hayan injuriado gravemente, o calumniado. Especialmente esto último. Para que se constituya que se ha lesionado tu honor, la calumnia o injurias deben ser graves y debes haberte querellado contra esa persona y haber ganado el juicio, tras el cual haya recaído sentencia firme. Hasta que tu hija se haya follado a su abuela no se considera que ha atentado contra tu honor, con lo que no puedes desheredarla por ese motivo. Salvo que haya violado a la abuela, denuncies, ganes, etc. Pero entonces no sería contra el honor, sino contra la libertad e indemnidad sexual.
    Es más, si tú en tu testamento pones que dejas en herencia un gritón de dólares a tu hija, a condición de que no tenga relaciones extramatrimoniales, dicha cláusula testamentarias se considera abusiva, contraria a derecho, y se tiene por no puesta: tu hija heredará el gritón de dólares aunque se folle a medio barrio antes de cumplir los 19.

  24. #54
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    Cita Iniciado por Shurmana Ver mensaje
    El mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
    Gracias, si muero antes que tú te legaré fototetas mías para que las publiques a título póstumo en mi honor.
    Si!!!! es lo que mas deseo jajaja

    pero ante todo eres amiga

  25. #55
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    Cita Iniciado por geiter Ver mensaje
    El mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
    Pones en herencia al vecino y te desmonto tu historieta.
    Joder, no te has enterado de nada...
    si haces testamento en favor de tu vecino, tus herederos forzosos -padres, hijos, nietos- reclamarán y entonces el vecino sólo recibirá, como mucho, el tercio de libre disposición, pero no la legítima forzosa ni el tercio de mejora...

  26. #56
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    Cita Iniciado por Catastrofe Ver mensaje
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    Hay jurisprudencia que va en contra de esto, echa un vistazo.
    Si no detectan que ha sido instrumentalizado aposta para desheredar, no. y eso se evita consiguiendo la vecindad civil.

  27. #57
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    Digamos que no quiero dejar herencia a mis parientes y sé que voy a morir en un o dos días.... ¿puedo sacar el dinero del banco y repartirlo en la calle o donarlo a alguna iglesia o caridad?

  28. #58
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    Cita Iniciado por Celebrian Ver mensaje
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    La putada es lo de heredar deudas, que culpa tengo yo que mi familiar haya sido un inconsciente debiera hasta Los calcetines
    Si te llaman a heredar de un tarambana así, primero tienes que "aceptar a beneficio de inventario", esto es, que tendrás tiempo, antes de decidir si aceptas la herencia o no, de comprobar en qué estado están los bienes, si están gravados con hipotecas, si tienen cargas, si pesa sobre ellos usufructo a favor de terceros, etc.

    Ten en cuenta que no estás obligada a heredar las deudas y que, incluso, si recibes algo en calidad de legataria y no de heredera, puede que puedas heredar bienes sin heredar deudas. Lo que no puedes es, si recibes algo en herencia que consta de bienes y deudas, elegir heredar sólo los bienes y no la deuda. Por ejemplo: si heredas un piso y este tiene una hipoteca, no puedes heredar el piso sin heredar la hipoteca.

    Otra cosa es que el piso valga 400.000 pavos y de hipoteca sólo tenga pendientes de pago 80.000 euros. Si no te joden con el impuesto de sucesiones, te aconsejaría que una de dos: o te subrogues en esa hipoteca o pidas un préstamo de 80.000 euros avalando con el propio piso. De esta forma, heredas el piso de 400.000 euros, lo vendes y te sacas en limpio unos 300.000 una vez descontados gastos de todo tipo más la hipoteca o préstamo de 80.000 pavos.

    En cambio, si heredas un piso de 400.000 euros, de hipoteca le quedan 300.000 y encima tienes impuesto de sucesiones y demás... seguramente no te merezca la pena aceptar la herencia para acabar sacando en limpio 30.000 euros.

  29. #59
    ForoParalelo: Miembro Avatar de Shurmana
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    Cita Iniciado por bellochacal Ver mensaje
    El mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
    Digamos que no quiero dejar herencia a mis parientes y sé que voy a morir en un o dos días.... ¿puedo sacar el dinero del banco y repartirlo en la calle o donarlo a alguna iglesia o caridad?
    Puedes, pero la donación se consideraría inoficiosa -no válida- por perjudicar a la legítima. Otra cosa es que puedan recuperar el dinero si te da por tirarlo por ahí.

    Lo que sí puedes es gastártelo como te salga de los cojones, pero ten en cuenta dos cosas... la primera, que nadie se va a querer hacer cargo de tu cadáver después de eso (si te importa un bledo acabar en los sótanos de la facultad de Medicina o una fosa común junto con cadáveres de mendigos, allá tú). La segunda, que a ver si no vas a morir y te vas a ver en la puta calle malviviendo...

  30. #60
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    Cita Iniciado por Celebrian Ver mensaje
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    La putada es lo de heredar deudas, que culpa tengo yo que mi familiar haya sido un inconsciente debiera hasta Los calcetines
    Se puede rechazar una herencia,de hecho en algunas comunidades autónomas como Andalucia se estila mucho por el maldito impuesto de sucesiones que en esa autonomia es abusivo.

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