Me pones enlaces a noticias donde el periodista de turno "opina" sin tener ni puta idea, de que Puchi no cometió rebelión según el tribunal alemán, cosa que es FALSA. Sobre los otros casos, ni los comento, ya que son artículos donde se opina hipotéticamente sobre los que hubiera pasado con los fugados a Escocia y Suiza, cuyos tribunales no se llegaron a expresar nunca ya que se retiró la euroorden.
En el caso que nos ocupa, te pongo extractos íntegros del texto del tribunal alemán, y si quieres te lo pongo entero, no problem. Aunque tu tienes la suficiente capacidad para encontrarlo por internet. No tengo la mas mínima duda:
Mediante auto de 12 de julio de 2018, la sala primera de lo penal del Tribunal Superior de Justicia de Schleswig-Holstein se ha pronunciado sobre la admisibilidad a España de la extradición del expresident de la Generalitat de Catalunya, Carles Puigdemont.
El Tribunal ha declarado inadmisible la extradición bajo el cargo de rebelión. Las acciones atribuidas al expresident catalán no constituían ni el delito alemán de alta traición (art. 81 del Código Penal) ni el de alteración del orden público (art. 125 del Código Penal). La magnitud de la violencia, tal como se prevé en la regulación de la alta traición, no se había producido en los enfrentamientos en España.
Niega la extradición bajo el cargo de rebelión, por no ser posible la doble in criminación, PERO NO ENTRA A DECIR SI LO HA COMETIDO O NO, OK?????
Por otra parte, la extradición es admisible bajo la acusación de malversación de fondos públicos, ya que las autoridades españolas acusarían justificadamente a Carles Puigdemont de ser corresponsable de incurrir en obligaciones financieras con el erario público. La confirmación de estas acusaciones en resultados debe ser aclarada exclusivamente en el contexto del proceso penal español.
Por cierto que tu decias que ni por malversación podria ser extraditado
miente miente que algo queda
1) Con respecto a la acusación de “rebelión”, incluso después de un nuevo examen se ha constatado una falta de cumplimiento de la doble incriminación exigida en virtud del artículo 3 de la Ley de asistencia judicial recíproca internacional en materia penal. De acuerdo con la voluntad del legislador alemán y de acuerdo con la legislación europea, ello es de importancia decisiva. La disposición penal alemana de alta traición según el articulo 81 del Código Penal asume un nivel de violencia que no fue alcanzado por las disputas en España.
Por cierto otra vez: ellos si que ven violencia, no la suficiente para cometer el delito de alta traición, pero la ven claramente.
Espero haberte sido de ayuda