Tema serio ¿Cuales son mis derechos en piso compartido desde la nueva regulación del alquiler?

  1. #1
    ForoParalelo: Miembro Avatar de Gladiator
    Registro
    21 may, 16
    Mensajes
    359
    Me gusta (Dados)
    50
    Me gusta (Recibidos)
    103

    ¿Cuales son mis derechos en piso compartido desde la nueva regulación del alquiler?

    ¿Qué es lo que me afecta si estoy en una habitación? ¿A mí pueden subirme el precio o se queda también congelado durante los siguientes tres años?
    Al casero le dijeron antes de terminar el año que le subían el alquiler a partir de 2019, y por ende a mí el precio de la habitación. ¿Esta subida quedaría anulada por la nueva ley?
    Como dato decir que mi casero firmó el alquiler en noviembre de 2017.

  2. #2
    ForoParalelo: Miembro Avatar de Usuario12072020
    Registro
    04 dic, 18
    Mensajes
    7,768
    Puedes preguntar Aquí

  3. #3
    jinetero Avatar de JACA-MECANIC
    Registro
    24 sep, 17
    Ubicación
    Son.los baneados.txt
    Mensajes
    147,183
    Me gusta (Dados)
    72070
    Me gusta (Recibidos)
    57912
    Cita Iniciado por John Carron Ver mensaje
    El mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
    Puedes preguntar Aquí
    Que pasa si pincho ahí?

  4. #4
    ForoParalelo: Miembro Avatar de fzorril
    Registro
    24 sep, 18
    Mensajes
    1,167
    Me gusta (Dados)
    6
    Me gusta (Recibidos)
    334
    Al parecer tu estas subarrendado, con lo cual lo mas probable es que no existas. Y, por desgracia, el alquiler lo fijara el arrendado al precio que le salga de los huevos. Ademas, seguro que no tienes ni contrato porque no es legal lo que estais haciendo. Como se entere el dueño del piso os manda a todos a la puta calle.

    Espero no haberte ayudado...

  5. #5
    ForoParalelo: Miembro Avatar de Usuario12072020
    Registro
    04 dic, 18
    Mensajes
    7,768
    Cita Iniciado por JACA-MECANIC Ver mensaje
    El mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
    Que pasa si pincho ahí?
    Te redirecciona a la página oficial de Catastro donde esta la nueva normativa de alquiler

  6. #6
    jinetero Avatar de JACA-MECANIC
    Registro
    24 sep, 17
    Ubicación
    Son.los baneados.txt
    Mensajes
    147,183
    Me gusta (Dados)
    72070
    Me gusta (Recibidos)
    57912
    Cita Iniciado por John Carron Ver mensaje
    El mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
    Te redirecciona a la página oficial de Catastro donde esta la nueva normativa de alquiler
    HA PENSABA QUE SALDRIA ESTO


  7. #7
    ForoParalelo: Miembro Avatar de laucedo
    Registro
    26 may, 16
    Mensajes
    12,312
    Te jodes, la ley sólo se aplica a los contratos que se firmen a partir de mañana. No hay retroactividad.

  8. #8
    ForoParalelo: Miembro Avatar de istereg
    Registro
    17 nov, 15
    Mensajes
    2,628
    Me gusta (Dados)
    985
    Me gusta (Recibidos)
    623
    Derechos los que tu acuerdes de palabra con quien te alquila la habitacion. Sin contrato no hay nada que exigir, solo los acuerdos a los que llegueis.

  9. #9
    ForoParalelo: Miembro Avatar de Gladiator
    Registro
    21 may, 16
    Mensajes
    359
    Me gusta (Dados)
    50
    Me gusta (Recibidos)
    103
    Cita Iniciado por fzorril Ver mensaje
    El mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
    Al parecer tu estas subarrendado, con lo cual lo mas probable es que no existas. Y, por desgracia, el alquiler lo fijara el arrendado al precio que le salga de los huevos. Ademas, seguro que no tienes ni contrato porque no es legal lo que estais haciendo. Como se entere el dueño del piso os manda a todos a la puta calle.

    Espero no haberte ayudado...
    si se puede hacer mientras sea para cubrir los gastos del alquiler y no obtener beneficio económico.

    Cita Iniciado por laucedo Ver mensaje
    El mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
    Te jodes, la ley sólo se aplica a los contratos que se firmen a partir de mañana. No hay retroactividad.
    Pero si antes eran tres años, y el casero firmó contrato en noviembre de 2017 no se supone que no pueden subirle el alquiler hasta el 2020?

  10. #10
    ForoParalelo: Miembro Avatar de laucedo
    Registro
    26 may, 16
    Mensajes
    12,312
    Cita Iniciado por Gladiator Ver mensaje
    El mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
    si se puede hacer mientras sea para cubrir los gastos del alquiler y no obtener beneficio económico.


    Pero si antes eran tres años, y el casero firmó contrato en noviembre de 2017 no se supone que no pueden subirle el alquiler hasta el 2020?
    La ley que ha salido hoy no se aplica a los contratos anteriores. Te sigues rigiendo por la anterior ley y lo que se hubiese firmado y pactado en 2017.

    De todas forma no ha cambiado nada en ese aspecto:

    Antigua ley

    Artículo 18. Actualización de la renta.

    1. Durante la vigencia del contrato, la renta solo podrá ser revisada por el arrendador o el arrendatario en la fecha en que se cumpla cada año de vigencia del contrato, en los términos pactados por las partes. En defecto de pacto expreso, no se aplicará revisión de rentas a los contratos.
    https://www.boe.es/buscar/act.php?id...p=20150331#a18

    Nueva ley

    El apartado 1 del artículo 18 queda redactado en los siguientes términos:


    1. Durante la vigencia del contrato, la renta solo podrá ser revisada por el arrendador o el arrendatario en la fecha en que se cumpla cada año de vigencia del contrato, en los términos pactados por las partes. En defecto de pacto expreso, no se aplicará revisión de rentas a los contratos.
    https://www.boe.es/boe/dias/2018/12/...2018-17293.pdf

  11. #11
    ForoParalelo: Miembro Avatar de pink floyd
    Registro
    13 dic, 16
    Mensajes
    12,814
    Me gusta (Dados)
    5
    Me gusta (Recibidos)
    1176
    Cita Iniciado por laucedo Ver mensaje
    El mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
    La ley que ha salido hoy no se aplica a los contratos anteriores. Te sigues rigiendo por la anterior ley y lo que se hubiese firmado y pactado en 2017.

    De todas forma no ha cambiado nada en ese aspecto:

    Antigua ley



    https://www.boe.es/buscar/act.php?id...p=20150331#a18

    Nueva ley



    https://www.boe.es/boe/dias/2018/12/...2018-17293.pdf
    yo leo igual los dos párrafos que has puerto.

  12. #12
    La brisa del verano Avatar de Abdul
    Registro
    12 ene, 17
    Ubicación
    Lorne
    Mensajes
    18,990
    Me gusta (Dados)
    3175
    Me gusta (Recibidos)
    5452
    Ya lo decía el tito mc
    si no ay contrato no hay garantia
    si no hay garantia no hay contrato”

  13. #13
    ForoParalelo: Miembro Avatar de AttilaKEK
    Registro
    03 oct, 18
    Mensajes
    81
    Me gusta (Dados)
    8
    Me gusta (Recibidos)
    24
    Vivir fuera de casa de los padres está sobrevalorado

  14. #14
    ForoParalelo: Miembro Avatar de laucedo
    Registro
    26 may, 16
    Mensajes
    12,312
    Cita Iniciado por pink floyd Ver mensaje
    El mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
    yo leo igual los dos párrafos que has puerto.
    Es que son exactamente iguales, la actualizacion de la renta no ha cambiado con la ley nueva.

    Lo único parecido es la actualizacion de la renta cuando se han hecho obras de mejora en el piso. Antes era a los tres años y ahora es a los cinco. Si el propietario hace obras de mejora durante la duracion del contrato de alquiler, tiene que esperar cinco años para poder aplicar una subida a la renta debido a esas obras.

Permisos de publicación

  • No puedes crear nuevos temas
  • No puedes responder temas
  • No puedes subir archivos adjuntos
  • No puedes editar tus mensajes
  •